Resumen general
Desde el inicio del segundo mandato de Trump en enero de 2025, Trump y el Congreso han promulgado una serie de cambios que limitan la elegibilidad para recibir atención médica y servicios sociales, diseñados para restringir significativamente el acceso de las familias inmigrantes. Estos cambios se han realizado en gran medida a través de la Ley de Reconciliación Presupuestaria y una reinterpretación por parte del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los Estados Unidos de la Ley de Reconciliación de la Responsabilidad Personal y la Oportunidad Laboral de 1996 (PRWORA), también conocida como la ley de bienestar social de 1996. Obtenga más información sobre cada uno de ellos a continuación, haga clic en un estatus migratorio para obtener más información sobre cómo se verá afectado este grupo.
Actualizaciones de políticas
Proyecto de ley de conciliación presupuestariaEl 4 de julio de 2025, el presidente Trump promulgó una ley que proyecto de ley de “conciliación” presupuestaria, aprobada por un margen extremadamente estrecho en el Congreso, con importantes consecuencias para millones de familias. La ley supone riesgos adicionales para las familias inmigrantes del país y su salud y bienestar, la economía y los presupuestos estatales y locales, al privar a los inmigrantes del acceso a los servicios sociales y de salud básicos.
Aviso del HHS sobre los beneficios públicos federales: El 14 de julio de 2025, el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los Estados Unidos publicó un aviso en el Registro Federal que reinterpreta el significado de “beneficio público federal” en la ley de bienestar social de 1996. Al hacerlo, la notificación restringe la elegibilidad para estos programas a un grupo reducido de “inmigrantes calificados” y excluye a muchos inmigrantes que residen legalmente en el país. En un principio, se pretendía que los cambios se aplicaran en todo el país, pero un tribunal de distrito de los Estados Unidos dictó una orden judicial preliminar que bloqueaba la restricción de la elegibilidad de los inmigrantes en los avisos del HHS y el DOJ en los siguientes 20 estados demandantes y en Washington, D.C.: Arizona, California, Colorado, Connecticut, Hawái, Illinois, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Nevada, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Oregón, Rhode Island, Vermont, Wisconsin y Washington. Las restricciones de elegibilidad de los inmigrantes en el HHS y Secretaría de Justicia Los avisos no se aplican en esos estados.
Ciudadanos estadounidenses
No ha habido cambios en la elegibilidad para los programas destinados a ciudadanos estadounidenses, independientemente de la situación de los miembros de su familia, salvo la posible exclusión de los hijos ciudadanos estadounidenses del crédito fiscal por hijos si sus padres no tienen número de seguro social. Los ciudadanos que cumplan los criterios de elegibilidad específicos de cada programa, como los límites de ingresos y los requisitos laborales, seguirán siendo elegibles para todos los programas.
Residentes permanentes legales
No ha habido cambios en la elegibilidad para los programas destinados a residentes permanentes legales (LPR) o titulares de tarjetas verdes, salvo la posible exclusión de los niños del Crédito Fiscal por Hijos si sus padres no tienen número de seguro social. Los LPR que cumplan los criterios de elegibilidad específicos de cada programa establecidos anteriormente, como los límites de ingresos, los requisitos laborales y los periodos de espera, seguirán siendo elegibles para estos programas.
Migrantes COFA
Los migrantes procedentes de países del Pacto de Libre Asociación (Islas Marshall, Micronesia y Palau) pueden entrar, residir y trabajar libremente en los Estados Unidos sin necesidad de visado. No se han producido cambios en los requisitos de elegibilidad del programa para los migrantes del COFA, salvo la posible exclusión de los niños del crédito fiscal por hijos si sus padres no tienen número de seguro social. Aquellos que cumplen los criterios de elegibilidad específicos del programa, como los límites de ingresos y los requisitos laborales, no han experimentado cambios en la elegibilidad del programa.
Entrantes cubanos/haitianos
No ha habido cambios en la elegibilidad del programa para los participantes cubanos y haitianos, independientemente de la situación de sus familiares, salvo la posible exclusión de los niños del Crédito Fiscal por Hijos si sus padres no tienen número de seguro social. Aquellos que cumplen los criterios de elegibilidad específicos del programa, como los límites de ingresos y los requisitos laborales, no han experimentado cambios en la elegibilidad del programa.
Inmigrantes humanitarios
El proyecto de ley de reconciliación presupuestaria eliminó la elegibilidad para el programa de millones de inmigrantes, incluidos muchos “inmigrantes humanitarios”. El HHS también publicó un aviso que limitaría la elegibilidad para muchos programas a “solo inmigrantes calificados”. A los efectos de esta página, los inmigrantes humanitarios incluyen tanto:
Inmigrantes calificados: Refugiados y personas a las que se les ha concedido asilo o suspensión de deportación/expulsión, y entrantes condicionales; personas a las que el DHS ha concedido libertad condicional durante al menos un año.; Inmigrantes cubanos y haitianos; Ciertos sobrevivientes de abuso y sus hijos o padres; ciertos sobrevivientes de trata (titulares de visas T).
Inmigrantes no calificados: Sobrevivientes de ciertos delitos (titulares de visas U), menores inmigrantes especiales.
Programas de salud
Medicaid/CHIP (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- Los inmigrantes humanitarios que no sean cubanos ni haitianos perderán su elegibilidad. Los inmigrantes humanitarios conservan su exención de la prohibición de 5 años cuando obtienen sus tarjetas de residencia. (En vigor a partir del 1 de octubre de 2026).
Medicare (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- Los inmigrantes humanitarios que no sean cubanos ni haitianos perderán su elegibilidad, incluso si ellos o sus cónyuges han trabajado y pagado impuestos durante los 40 trimestres (10 años) requeridos anteriormente, hasta que obtengan la residencia permanente legal. (Vigente de inmediato para los nuevos solicitantes y a partir del 3 de enero de 2027 para los beneficiarios actuales).
Cobertura de la Ley de Cuidado de Salud Asequible (ACA) y créditos fiscales anticipados para primas (modificados en virtud de la ley de reconciliación)
- Los inmigrantes humanitarios perderán su derecho a los créditos fiscales para primas, pero seguirán teniendo derecho a adquirir planes de salud calificados a precio completo. (En vigor a partir del 1 de enero de 2027).
Otros programas de salud (modificados en virtud de las restricciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos):
Los programas incluyen centros de salud comunitarios, planificación familiar del Título X, Head Start, subvención en bloque para servicios de salud mental comunitarios, comunidad certificada, clínicas de salud conductual, subvención en bloque para servicios de prevención del consumo de sustancias y apoyo a la recuperación.
- La guía PRWORA 2025 del HHS indica que solo los inmigrantes calificados son elegibles para estos programas. La mayoría de los inmigrantes humanitarios son inmigrantes calificados, pero aquellos que no lo son perderán la elegibilidad para estos programas. Sin embargo, un tribunal de distrito de los Estados Unidos ha bloqueado la entrada en vigor de la guía en 20 estados y en Washington, D.C. Esto está sujeto a cambios.
Nutrición
SNAP (modificado en virtud de la ley de reconciliación):
- Todos los inmigrantes humanitarios, excepto los cubanos y haitianos, perderán su derecho al SNAP hasta que obtengan la residencia permanente legal. Los inmigrantes humanitarios conservan su exención de la restricción de cinco años cuando obtienen su tarjeta de residencia. (Entrará en vigor a más tardar el 1 de noviembre de 2025 para los nuevos solicitantes y tras la recertificación para los afiliados actuales).
Impuestos
Crédito fiscal por hijos (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- El niño debe tener un número de seguro social y al menos uno de los padres debe tener un número de seguro social que les permita trabajar en los Estados Unidos (vigente a partir del año fiscal 2025).
Crédito fiscal estadounidense por oportunidad (AOTC) y crédito por aprendizaje permanente (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- Se requiere el número de seguro social para solicitar el crédito AOTC o el crédito por aprendizaje permanente. Si está casado, tanto el contribuyente como su cónyuge deberán tener un número de seguro social, al igual que el estudiante para el que se solicita el crédito, si es otra persona. (Vigente a partir del año fiscal 2026).
Primera infancia
Head Start (modificado según las restricciones del HHS)
- La guía PRWORA 2025 del HHS indica que solo los inmigrantes calificados son elegibles, pero un tribunal de distrito de los Estados Unidos ha bloqueado la entrada en vigor de la guía en todo el país. Esto está sujeto a cambios.
Estatus de Protección Temporal
Las personas con estatus de protección temporal (TPS) ya no podían acceder a muchos servicios sociales y de salud, y ahora perderán el acceso a servicios adicionales debido a las nuevas restricciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS).
Sanidad
Seguro médico federal
- Ya no es elegible (con efecto inmediato para los nuevos solicitantes y a partir del 3 de enero de 2027 para los beneficiarios actuales).
Cobertura de la Ley de Cuidado de Salud Asequible (ACA) y créditos fiscales anticipados para las primas (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- Las personas con TPS perderán su derecho a créditos fiscales para primas, pero seguirán teniendo derecho a adquirir planes de salud calificados a precio completo. (En vigor a partir del 1 de enero de 2027).
Otros programas de salud (modificados en virtud de las restricciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos):
Los programas incluyen centros de salud comunitarios, planificación familiar del Título X, Head Start, subvención en bloque para servicios de salud mental comunitarios, comunidad certificada, clínicas de salud conductual, subvención en bloque para servicios de prevención del consumo de sustancias y apoyo a la recuperación.
- La guía PRWORA 2025 del HHS indica que solo los inmigrantes calificados son elegibles para estos programas. Las personas con TPS no son inmigrantes calificados. Sin embargo, un tribunal de distrito de EE. UU. ha bloqueado la entrada en vigor de la guía en 20 estados y en Washington, D.C. Esto está sujeto a cambios.
Impuestos
Crédito fiscal por hijos (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- El niño debe tener un número de seguro social y al menos uno de los padres debe tener un número de seguro social que les permita trabajar en los Estados Unidos (vigente a partir del año fiscal 2025).
Crédito fiscal estadounidense por oportunidad (AOTC) y crédito por aprendizaje permanente (modificado en virtud de la ley de reconciliación)
- Se requiere el Número de Seguro Social para solicitar el Crédito por Educación de Adultos (AOTC) o el Crédito por Aprendizaje Permanente. Si está casado, tanto el contribuyente como su cónyuge deberán tener un Número de Seguro Social, al igual que el estudiante para el que se solicita el crédito, si es otra persona. Vigente a partir del año fiscal 2026.
Primera infancia
Head Start (modificado según las restricciones del HHS)
- La guía PRWORA 2025 del HHS indica que solo los inmigrantes calificados son elegibles, pero un tribunal de distrito de los Estados Unidos ha bloqueado la entrada en vigor de la guía en todo el país. Esto está sujeto a cambios.
Acción Diferida para los Llegados en la Infancia
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